16 de enero de 2013

El copyright y yo, parte II*

Bilbo por Hanogan en Deviantart

  • 1937: Se publica la novela El Hobbit, de John Ronald Reuel Tolkien.
  • 1985; Tras haber devorado El señor de los anillos, cayó en mis manos la traducción de Minotauro de El Hobbit . Subí a mi cama y leí sin parar toda una tarde hasta terminarla. Estaba nada más ni nada menos que leyendo la historia que dio origen a todo, al Libro Rojo de la frontera del Oeste, la historia que Bilbo, influido por el anillo, había tergiversado. Los pocos detalles aniñados me importaban poco: allí estaban los trolls petrificados, la daga Dardo, elfos, trasgos, huargos. Consulté el mapa (bastante inútil) que viene con el libro. Traduje las runas del título. Nada nuevo, un fan más. Uno que, como tantos otros, fantaseaba con la versión filmada de su obra favorita.
  •  2012: Este fan más va por la calle y se encuentra con el cartel de la película El Hobbit. Abajo, en letra chica, dice lo siguiente (sacado del sitio oficial del Hobbit):




¿LO QUÉ?

En la entrada pasada comenté el estado del copyright, con sus dichosos 70 años post mortem. Del estado de las marcas, poco sé. Pero de ese poco, sé que con las marcas y con las patentes pasa lo mismo que con el copyright: se han ido de madre. Cualquiera patenta o registra cualquier cosa.

Nuevamente, como con el copyright, entiendo y apruebo: si vendo zapatillas Popper, no quiero que otro venda otras con el mismo nombre. Las marcas me dan la posibilidad de protegerme de los imitadores. El copyright, por su parte, sirve para evitar que otro reescriba El señor de los anillos cambiando el nombre de Frodo por el de Fernando, y diga que es su obra.

Pero pero pero ¿marca registrada los nombres de los personajes, los eventos (?), items (¿la daga Dardo?), los lugares? ¿De qué diantres hablan estos percebes?

Nuevamente: no sé cuál es el alcance de una marca registrada. Pero, si el nombre de los enanos de El Hobbit es marca ¿significa que no puedo hacer mi propia representación de los personajes y rotularlas con su nombre? Nombres que, dicho sea de paso, Tolkien tomó de la mitología nórdica, es decir, del dominio público. (¿Se imaginan si, cuando Cecil B. DeMille hizo Los diez mandamientos, la Paramount hubiera dicho que los nombres de Yahvé y Dios eran marca registrada?) ¿No puedo escribir un cuento protagonizado por Gandalf porque el nombre es marca? Y si no es esto ¿qué cuernos significa, qué buscan, qué pretenden? ¿De qué se cubren, contra qué van?

Por si acaso, señores Saul Zaentz Company, Middle-earth Enterprises y New Line Productions, Inc., permítanme que los agarre de las solapas y les aclare: Gandalf es mío. Y Bilbo. Y los ents, huargos, la cota de malla de mithril, los orcos, Saurón, Smaug. Todos míos. Crecieron en mí cuando leí unos libros maravillosos que me sugerían su apariencia, pero que yo completé a gusto. Llevo en mi cabeza a mi propio Gandalf, y no tiene la cara de Ian McKellen. Así que no se metan con MI Gandalf, que precede al de ustedes por más de un par de décadas. Agradezcan que no les hago juicio.

Ganas de molestar al prójimo que tienen algunos...



*O para ser más exacto, la propiedad intelectual y yo. Pero no iba a privarme del título.

11 de enero de 2013

El copyright y yo, parte I

Roberto Arlt para todos y todas.
Gracias a la Fundación Vía Libre me entero de que este año pasan al dominio público las obras de Roberto Arlt (maldito apellido que tengo que chequear cada vez). Esto significa, amigos que:

  • Podremos difundir la obra de este artista libremente por Internet, sin sentirnos unos asquerosos piratas.
  • Más aún: el gobierno podrá entregar las obras completas de Arlt para leer en las netbooks de los estudiantes primarios y secundarios.
  • Las editoriales que así lo deseen podrán publicar la obra de Arlt que se les cante, en ediciones deluxe o, mejor aún, en ediciones berretoides al alcance del bolsillo.
  • Se podrán montar obras de teatro, hacer películas, comics, "Los siete locos y zombies" o lo que nos venga en gana, sin tener que pedir permiso a naides.
No me voy a hacer el culto. No he leído más que los dos primeros actos de Saverio el cruel en el secundario (la consigna era imaginar y escribir el tercer acto, así que nunca supe cómo terminaba) y comencé allá lejos El juguete rabioso pero no lo terminé. Pero de todas maneras, esa pequeña lista de arriba, que no es tan pequeña en cuanto a las posibilidades que representa, es para festejar. Y la festejo, con algo de vergüenza. Y no por no haber leído a Arlt, sino porque este hecho responde a una involuntaria gentileza de Roberto.

Roberto Arlt murió joven. 1900-1942 and that's all, folks.

En la Argentina, el derecho de autor comenzó extendiéndose sólo durante la vida del autor. En 1910, la legislación postergó el pasaje de la obra a dominio público hasta 10 años después de la muerte del autor. El razonamiento era proveer con una herencia a los descendientes menores de edad en caso de quedar huérfanos, hasta que pudieran ganarse la vida por si mismos. Suena razonable, aunque no muy convincente para las posteriores extensiones a 30 años (en 1933), 50 años (1967) y los actuales 70 años (1997) desde la muerte del creador.*

La obra de Arlt pasa al dominio público porque murió a los 42 años. No pasa lo mismo, por poner ejemplos resonantes, con Baldomero Fernández Moreno (1886−1950), Enrique Santos Discépolo (1901-1951) ni Macedonio Fernández (1874-1952). Pero estos, de última, son figuritas fáciles de encontrar, gente que nadie olvida. Los dichosos 70 años condenan a la desaparición a cientos de otros menos famosos. Como Augusto María Delfino (1906-1961), que allá en mi adolescencia me impresionó y me dio ganas de escribir. Vas a tener que googlearlo: es uno de los tantos escritores sin entrada en Wikipedia, que posiblemente nadie reeditará pero que son tan parte de la cultura como otros. O no, porque si la cultura es aquello que circula en la sociedad, difícilmente podrá serlo aquello que no circula.

Ojo: a mí el copyright me parece una idea genial, un incentivo para que la máxima cantidad posible de personas trate de crear, de expresarse, apostando a que además se gane la vida con eso. Ayuda a librarse de los caprichos del mecenazgo y permite que pasado el  "sencillo" acto de crear uno tenga algo de valor como para, por ejemplo, subsistir. Es un logro impresionante, de verdad. Pero los 70 años desvalorizan lo bueno de este logro.

Porque el dominio público también es algo impresionante. Si el dominio privado es el ámbito del triunfo personal, de la búsqueda de oportunidades y de la fama, el dominio público es el ámbito de la celebración de la obra ajena, el fogón donde nos sentamos a compartir algo con los demás porque creemos que es bueno. Ni más ni menos que lo que, legal o ilegalmente, nos la pasamos haciendo en las redes sociales e Internet toda: compartir, dar a conocer. El dominio publico nos da la posibilidad de compartir legalmente.**

Más aún: el dominio publico, en algunos casos, debería ser como el Nobel. Felicitaciones, don Borges, don Cortázar. Sus obras son tan importantes, tan significativas para nuestra cultura, que hemos decidido regalarlas al dominio publico para que todos puedan disfrutarlas, compartirlas y adaptarlas sin restricciones. Como agradecimiento por parte de la humanidad, tomen este pastón para que lo dilapiden en francachelas. No se preocupen, lo que escriban de ahora en más seguirá teniendo copyright.

Ponele, me imagino, debe haber un detallito o dos que ajustar. Por ahora, voy a bajarme El juguete rabioso; que va siendo hora de que lo termine.




*Para los interesados, la FVL colgó una Guía del dominio público en Argentina. Que es lo mismo que una guía del copyright, pero desde el campo de al lado.
** Mientras tanto, todos somos infractores. Vamos, todos en cana. Pongan una reja redonda en el polo Norte y una en el polo Sur y listo, considerémonos castigados.